domingo, 19 de enero de 2014

sábado, 18 de enero de 2014

NOMBRE EN ARABE DE LAS FRUTAS


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NOMBRES EN ARABE DE LOS VEGETALES


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domingo, 12 de enero de 2014



Le está permitido a una mujer dar algunos pasos hacia adelante mientras esta rezando para coger a un bebé que llora?

Respuesta:

Sí, le es permitido a una mujer, o un hombre, el dar unos pasos en la oración hacia adelante mientras tanto exista razón para este movimiento. 

Esta establecido en la Sunnah. Ha sido transmitido que el Mensajero de Allah (sallallahu ' alayhi wa salam) estaba rezando en su casa a solas. Luego, 'Aisha (radhiallahu ' anha) llamó a la puerta, pues el Profeta (sallallahu ' alayhi wa salam) adelanto algunos pasos y le abrió la puerta y luego ella entró. [1]

Esta establecido que el Mensajero de Allah (sallallahu ‘alayhi wa salam rezó sobre el minbar para enseñarle a los compañeros el modo correcto de rezar. Así cuando quiso prosternarse, retiró y bajó las tres marchas del minbar. Luego, se prosternó abajo el minbar y luego regresó a su posición (sobre el minbar) para que los musulmanes puedan ver su oración. [2]

Relatado por Abu Qatada Al-Ansari: El Mensajero de Allah rezaba y llevaba a Umama, la hija de Zainab, la hija del mensajero de Allah y ella era la hija de 'As bin Rabi'a 'AbduShams. Cuando se postró, la dejó y cuando él estuvo de pie, la llevó (sobre su cuello). [3]

Todo esto muestra que no hay ningún problema en hacer movimientos ligeros en su oración, hasta si son repetitivos en cada raka' es permitido. No hay ningún problema en esto, Insha’Allah.

Notas:

[1] Sunan At-Tirmidhi 601, Al-Albani lo autentifico en Sahih Sunan At-Tirmidhi (1/330)
[2] Ver a Sifat Salat An-Nabi de shaikh Al-Albani
[3] Sahih Al-Bukhari 516 (1/735 de Fathul-Bari)

fuente: cassette regitrado con conocimiento y la autorización del Sheikh Muhammad 'Umar Bazmul, el fichero N°AAMB026, a fecha 1423/7/25.
Traducido del francés al español por: Ummu Raihana Al-Andalusia

La custodia de los hijos tras el divorcio.

Bismillahi ar-Rahmâni ar-Rahîm

Siguiendo a los problemas en la comunidad en lo referente a la comprehensión de las reglas de la custodia de los hijos tras un divorcio y de la manera de la que esta debe ser hecho, vamos -in sha Allah- a recordar ciertas reglas sobre la pregunta a fin que esto sea para nosotros, en tanto que musulmanes, un medio de volver a las fuentes seguras de las palabras de nuestros nobles sabios y entender lo esencial sobre aquello que debe ser retenido sobre el punto precisamente...
Los sabios han explicado que la mejor educación es aquella que el niño recibe por los cuidados de su padre y madre, ya que su buen cuidado asegura su desarrollo físico, intelectual y psicológico y le prepara a la vida. 

Si ocurre que unos esposos se separan después de haber tenido un hijo- lo que desafortunadamente es el caso de muchas personas de la comunidad- la madre merece la custodia más que el padre a menos que la situación de la madre o del hijo no lo favorezca. 

La madre es prioritaria porque ella asegura la primera tutela y la lactancia, ya que ella conoce mejor la educación y es más capaz y está dotada en este dominio de una paciencia y de un tiempo que el hombre no posee. Es por eso está en el interés del hijo que se beneficie de su custodia en el principio. Y es el juzgado(islámico) que estudia el caso a fin de ver lo que sera mas útil en el interés del hijo.

Así la tutela vuelve en prioridad a la madre del niño, después a la madre de la madre, después para los Hanafis y los Malikis a la madre del padre, y después a la madre del padre del padre del niño, luego a la madre del padre del abuelo, y por otra parte para los Malikis, es la madre del padre después de la tía materna. 

Para los Hanbalis es primero el padre, luego su madre luego su abuela materna, después su abuelo, luego la madre (del padre del niño). Para los Hanafis, los Malikis y los Hanbalis, es después a la hermana. La custodia de los hijos no es más para la madre desde el momento en el que esta se vuelve a casar según el aviso unánime de los sabios. Así los sabios dicen que la madre está en más derecho de tener la custodia de sus hijos antes de la edad de 7 años, y esto en tanto que no se vuelva a casar, y si esta se vuelve a casar, el derecho pasa a aquel que tiene más derecho a esto después que ella.

Encontramos dos fuentes principalmente que ilustran perfectamente el tema de la custodia de los hijos por la madre en prioridad como se mencionó anteriormente, y las condiciones que están liadas:

1) Según Abdu Allâh Ibn ‘Umar (radhiallâhu ‘anhu), una mujer dijo : « ¡Oh Mensajero de Allâh ! He concebido a mi hijo aqui en mi vientre y le he abrigado en mi pecho y le he amamantado; pero su padre busca ¡arrebatármelo! ». El Profeta le dijo: « Tú mereces mas que él , el tenerlo mientras no te vuelvas a casar. » [1]

2) Yahya Ibn Sa’îd déclara haber escuchado al-Qâssim Ibn Muhammad decir : ‘Umar tenía una esposa Ansarí que le dio a su hijo ‘Âssim Ibn ‘Umar. Él encontró a su hijo ‘Âssim jugando en el patio de la mezquita y le cogió por el hombro y le puso delante de él sobre su montura. Pero la abuela del niño le siguió y discutió con él hasta su llegada delante de Abû Bakr. ‘Umar dijo : «Es mi hijo ». La mujer : « Es mi hijo » y Abû Bakr dijo a ‘Umar : « déjale el niño » y ‘Umar no discutió más su palabra ». [2]

Todas las escuelas de jurisprudencia están de acuerdo en este punto: Es la madre a la que vuelve el derecho de la custodia del hijo y de la hija hasta cierta edad. 

Las condiciones para la custodia son las siguientes: la responsabilidad (mayoría), la libertad, la equidad, la pertenencia al islam si el hijo a cuidar si es musulmán, la capacidad de asumir las cargas liadas a la custodia, y el hecho de no casarse con una persona extraña al niño.

Si una de las condiciones no se cumple y aparece un obstáculo, como la locura o el casamiento o otros impedimentos, el derecho de custodia se pierde .Si el obstáculo desaparece, el padre que estaba impedido retoma el derecho.

Siempre hay que tener en cuenta el interés del niño porque la preservación de su derecho prima sobre el resto. La custodia dura hasta la edad del discernimiento y de la autonomía. Es decir que ejercemos la custodia sobre el niño hasta que este dotado del discernimiento y sea autónomo al punto de poder comer, beber, ir al wc sólo, y otros. En este momento, la custodia llega a su fin, sea cual sea el sexo del niño. Es alrededor de la edad de 8 años según el aviso de los sabios.

La atención debe ser dada en particular al niño sobre todo. Si el niño permanece a uno de los padres, esto le puede causar un cierto daño, sea al nivel de su creencia religiosa o de su interés humano, él no debería estar acordado la custodia para aquel de los dos que no garantiza una atención particular sobre estos temas que tienen una importancia no negligente (que no se puede descuidar) para el niño y su educación. Y es lo que debe primar en la custodia del niño como es explicado por los sabios. [3]

P.-S.
Notas
[1] Reportado por Ahmad, Abû Dâwud, al-Hâkim que lo ha autentificado – Y este hadiz ha sido autentificado por Sheikh al-Albânî

[2] Reportado por Mâlik, Ibn Abî Shaybah y al-Bayhaqî

[3] Al-Fiqh al-islâmî wa Adillatuh, 10/7295-7320 - Ash-Sharh ul-Mumti’ ’ala Zâd il-Mustaqni’ de Sheikh Ibn ’Uzaymîn, 13/532-545 – Nûr ‘ala ad-Darb del Sheikh Ibn Bâz, 3/1879-1880 - Zâd ul-Mi’âd fî hadî kheyr al-’Ibâd de Ibn al-Qayyîm, pág.917

Traducido del Francés al castellano por Umm Usama Al isbaniyyah para el equipo de traducción del foro 
http://www.islamentrehermanas.com
Fuente:http://manhajulhaqq.com/spip.php?article532